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Villazo: absolvieron a 17 imputados por delitos de lesa humanidad y ordenaron la libertad de los ex jerárquicos de Acindar - Diario la Verdad

POLíTICA | 4 NOV 2025

LA DERECHA Y LA JUSTICIA

Villazo: absolvieron a 17 imputados por delitos de lesa humanidad y ordenaron la libertad de los ex jerárquicos de Acindar

El Tribunal Federal de Rosario resolvió por mayoría liberar a los acusados por imputados de lesa humanidad cometidos en 1975 contra obreros metalúrgicos en el contexto del “Villazo”



El Tribunal Oral Federal N.º 1 de Rosario absolvió este martes a los 15 expolicías federales, un expolicía provincial y dos exdirectivos de Acindar —Roberto Pellegrini y Ricardo Torralvo—. Fue en el juicio por la causa "Villazo"  que investigó delitos de lesa humanidad cometidos en 1975 contra trabajadores metalúrgicos de Villa Constitución. La sentencia, dictada tras casi dos años de debate oral y más de un centenar de testimonios, generó un fuerte impacto entre sobrevivientes y organismos de derechos humanos.

Un levantamiento obrero y la represión del “Operativo Serpiente Roja del Paraná”

El “Villazo” fue un histórico levantamiento obrero y popular ocurrido en Villa Constitución, donde el triunfo de la Lista Marrón de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), encabezada por Alberto Piccinini, derivó en una violenta represión el 20 de marzo de 1975. Se desplegaron entonces más de 4.000 efectivos de fuerzas federales y provinciales en un operativo que dejó un saldo de secuestros, torturas, asesinatos y desapariciones.

Estos hechos fueron considerados por la acusación como un “ensayo general” de los métodos que aplicaría la dictadura cívico-militar instaurada en 1976.

Detalles del fallo y la disidencia parcial

La causa, caratulada “Pellegrini, Roberto José y otros s/ privación ilegal de la libertad e imposición de tortura”, también acumuló la investigación contra “Torralvo, Ricardo Oscar y otros”. El tribunal —integrado por los jueces Germán Sutter Schneider, Ricardo Moisés Vázquez y Otmar Osvaldo Paulucci— resolvió por mayoría absolver a 17 acusados, incluidos los exjerárquicos de la acería.

La decisión comprendió los cargos de privación ilegal de la libertad agravada y asociación ilícita en perjuicio de 49 víctimas. También los delitos de homicidio agravado. Además, se dispuso la inmediata libertad de Pellegrini, Torralvo y Roberto Raúl Squiro, salvo que existieran otras órdenes de detención.

El juez Sutter Schneider votó en disidencia y consideró que las detenciones y asesinatos cometidos entre marzo de 1975 y enero de 1976 constituyeron delitos de lesa humanidad. En su voto, sostuvo que las víctimas fueron perseguidas por pertenecer o estar vinculadas a la Lista Marrón de la UOM, tildada de “subversiva”.

Rechazos y argumentos del tribunal

El fallo también rechazó varios planteos de las partes acusadoras y defensoras. Se descartó la inconstitucionalidad de los decretos 1368/74 y 2717/75, el pedido de nulidad de la defensa y la solicitud de declarar al predio “Albergue de Solteros” de Acindar como centro clandestino de detención. Los fundamentos completos del veredicto serán leídos el 6 de febrero de 2026 a las 20.

Foto: Alan Monzón (Rosario TRES)

Las posiciones enfrentadas de la Fiscalía y las defensas

Durante el juicio, la Fiscalía —integrada por Adolfo Villatte y los auxiliares fiscales Juan Patricio Murray y Álvaro Baella— había solicitado prisión perpetua para Pellegrini y Torralvo. Además, solicitó penas de entre 10 y 25 años para exmiembros de fuerzas de seguridad. La querella de la APDH presentó pedidos similares.

En el tramo final del extenso juicio, el abogado defensor Hernán Kovacevich -representante de los policías federales Juan Carlos Romero, Carlos Brest, Vicente Valdez y Bernardino Sambrana-, sostuvo en su alegato que “se hizo justicia”. Para Kovacevich, pudo demostrarse la inexistencia de pruebas directas que los vincularan con los hechos investigados. Según pudo saber EL NORTE, el letrado remarcó que “ningún testigo los mencionó ni los ubicó en tiempo, modo o lugar”. Calificó también la acusación como carente de sustento real, basada únicamente en “presunciones infundadas”.

Desde la defensa se solicitó la nulidad absoluta del proceso. Esto incluiría la absolución total de sus defendidos y el levantamiento de toda restricción. Kovacevich afirmó que el fallo “ratifica que no hubo prueba ni delito, y que la verdad se impuso sobre el tiempo y la injusticia”. Sin embargo, por ahora el tribunal no hizo lugar a dicha petición.

El proceso judicial revisó una etapa clave del movimiento obrero argentino y del clima represivo previo al golpe de Estado de 1976. Según la acusación, los secuestros y detenciones formaron parte de una estrategia para aniquilar la resistencia sindical. Más específicamente, para desatar una represión contra el movimiento obrero en el cordón industrial del sur santafesino, incluyendo nuestra ciudad de San Nicolás.