Es un derecho fundamental de los usuarios de Salud Mental que puedan acudir, a profesionales de la Psicología, debidamente matriculados. Asumimos la responsabilidad para que puedan diferenciarse “buenas practicas profesionales”, con prestaciones éticas y deontológicas acordes con técnicas fundamentadas y legalmente habilitadas.
Ante la aparición de personas que ofrecen prácticas que pretender estar en relación con la psicología y el campo de la psicoterapia, tener en cuenta que:
1) Un/a profesional de la Psicología posee título habilitante expedido por Universidades Publicas o Privadas reconocidas por el estado.
2) Que, para el Ejercicio Legal de la Profesión, debe tener matricula vigente otorgada por el Colegio Profesional del Distrito al que pertenece, conforme a la Ley 10.306.
3) Que los profesionales son portadores, de credencial y habilitación de consultorios emitidos por el Colegio Profesional.
4) Que las actividades reservadas al título de Psicólogo/a según Resolución del Ministerio de Educación Nº 1254/8 son:
a) Prescribir y realizar acciones de evaluación, diagnostico, orientación y tratamiento psicoterapéutico y rehabilitación psicológica.
b) Realizar intervenciones de orientación, asesoramiento y aplicación de técnicas psicológicas tendientes a la promoción de la salud.
c) Prescribir, realizar y certificar evaluación psicológica con propiedad de diagnóstico, pronostico, selección, orientación, habilitación o intervención en diferentes ámbitos.
d) Planificar y prescribir acciones tendientes a la promoción y prevención de la salud mental en individuos y población.
e) Desarrollar y validar métodos, técnicas e instrumentos de exploración y evaluación psicológicas en PSICOLOGIA CLINICA, EDUCACIONAL, JUSTICIA O FORENSE, DE SALUD, PS. SOCIAL, LABORAL Y/O DEL TRABAJO, PS. COMUNITARIA en los distintos niveles de abordajes: Individual, grupal, comunitaria.
Pueden caer en INTRUSISMO, quienes:
- NO poseen título habilitante. -
- NO poseen matricula provincial profesional -
- NO tienen incumbencias profesionales que otorga el titulo de Psicólogo/Licenciado en Psicología.
La llamadas Terapias Alternativas como: CONTELACIONES FAMILIARES, ORDENES DEL AMOR, TERAPIAS DE VIDAS PASADAS, COUSELING, CHAMANISMO, TAMEANA, TERAPIA EN CRISTALES Y SIMBOLOS, SANACION ANSESTRAL DEL LINAJE PATERNO, RETOS DEL UTERO Y SANACION DEL LINAJE MATERNO, BIONEUROEMOCION, REIKI ENTRE OTRAS; NO constituyen practicas inherentes a la profesión del psicólogo/a, NO presentan evidencias del método científico.
Ante cualquier duda comunicarse al Colegio de Psicólogos Distrito IV – Pueyrredón 1130 – Tel. 02477 436889 – 0800 9995544. -Pergamino – Mail: difusiondistrito4@gmail.com Saludamos atte.
Consejo Directivo del Colegio de Psicólogos de la Pcia. de Bs. As.
– Distrito IV –
Pergamino