La ley nacional 23.548, que crea el fondo de los ATN, establece que las razones para asistir a las provincias con este tipo de ayuda son dos: “situaciones de emergencia” y “desequilibrios financieros”, pero desde su nacimiento, en 1988, la distribución de ATN despertó sospechas ya que es muy difuso el criterio para repartir fondos entre provincias.
El Ministerio del Interior tiene la obligación de informar trimestralmente a las provincias sobre la distribución y transferencias de los fondos, indicando los criterios seguidos para la asignación.
Cuando se habla de “emergencia” para destinar ATN se alude a situaciones como “las cenizas de un volcán”, “inundaciones”, “sucesos” o “accidentes” como “desastres naturales o de riesgo sanitario”, entre otros.
Para algunos fiscales, existe detrás de las ATN un uso distinto para el que fueron otorgadas, y en algunos casos puntuales hasta se habla de un delito por malversación de fondos públicos. No caben dudas de que la pileta de natación de un club o un campeonato off shore o una exposición agraria no pueden ser asimiladas a las situaciones de emergencia como son descriptas.
Respecto de éste tema, siempre hay un fiscal atento que ha reclamado en causas puntuales, que se investigue si el órgano administrador de los ATN les dio “una aplicación diferente de aquella a la que estuvieron destinados”.
Lo que ha llamado la atención son algunas conductas ilícitas sobre el uso y el fin de éstas asignaciones. Ante muchos de éstos casos, nos encontramos con muchas dificultades o con escasa solvencia en la tarea de averiguar la verdad, expresan algunos fiscales y algunos medios de información periodística.
Si bien es difícil precisar en algunos casos el “desequilibrio financiero” Sí se puede definir “la emergencia”, que en el caso por las inundaciones en el partido de San Nicolas, ha sido la categoría usada.
El tema en ésta oportunidad es conocer si el dinero que desde el 3 de marzo ya maneja el municipio de San Nicolás, es, fue o será destinado a la ayuda para todos los inundados en el cumplimiento del destino de las ATN y en el fiel cumplimiento de las ordenanzas, o como en otras oportunidades se haya usado para “fiestas municipales”.