sábado 17 de mayo de 2025 - Edición Nº2355

Política | 20 abr 2025

Tribunal de cuentas

Tribunal de cuentas resuelve por el caso Avalian, San Nicolás, las siguientes multas

Todo el documento completo, a disposición del lector en la nota


 

http://67f3e1484d879.SanNicolasDeLosArroyos2023F

responde Expediente N° 4-110.0-2023

Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos - ejercicio 2023

LA PLATA, 3 de Abril de 2025.

VISTO en el Acuerdo de la fecha el Expediente 4-110.0-2023:

MUNICIPALIDAD DE SAN NICOLÁS DE LOS ARROYOS, estudio de cuentas del Ejercicio

2023 del cual

RESULTA:

I.- Que la administración municipal estuvo a cargo del Intendente Sr.

Manuel PASSAGLIA desde el 07/01/2023 al 09/12/2023, de la Sra. Agustina GRUFFAT

desde el 01/01/2023 al 06/01/2023, del Sr. Ismael Santiago PASSAGLIA desde el

1

0/12/2023 al 25/12/2023 y el 31/12/2023 y del Sr. Daniel Eduardo LUCHELLI desde el

6/12/2023 al 30/12/2023. Presidieron el Honorable Concejo Deliberante el Sr. Matías

2

Sebastián GRAMS desde el 01/01/2023 al 09/12/2023 y el Sr. Daniel Eduardo LUCHELLI

desde 10/12/2023 al 31/12/2023.

II.- Que el Señor Vocal a cargo de la Vocalía Municipalidades "B", por

Resoluciones de fecha 25/10/2022, asignó el estudio de la cuenta a la Relatora Contadora

Patricia Beatriz BRUZZONI y a la Auditora de la Delegación Contadora Alejandra Isabel

TRIMMELITI.

III.- Que durante el ejercicio rigieron las disposiciones financieras

básicas adjuntas en el Sistema SIGMA de este H. Tribunal de Cuentas en las carpetas 4, 5,

6

y 7, así como la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, el

Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de

la Provincia de Buenos Aires, las Disposiciones de Administración aprobadas por el Decreto

Provincial 2980/00 y ratificadas por la Ley 13295, Resoluciones del Honorable

Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, Doctrina y Jurisprudencia.

1

 

IV.- Que los recursos fueron estimados en $ 28.775.568.568,49 (cálculo

original $ 19.947.604.481,43 y ampliaciones $ 8.827.964.087,06).

V.- Que la recaudación produjo $ 22.241.873.062,18 en los rubros de

cálculo (fondos de libre disponibilidad $ 19.058.385.923,31, con afectación de origen

municipal $ 1.466.927.764,04, con afectación de origen provincial $ 1.535.246.625,67, con

afectación de origen nacional $ 181.312.749,16). Independientemente de los rubros de

cálculo, la Municipalidad recibió $ 1.151.839.062,98 para cuentas de terceros. Total de

ingresos. $ 23.393.712.125,16.

VI.- Que del ejercicio anterior se transfirieron saldos por valor de $

1

.055.998.169,22 con los cuales la renta disponible ascendió a $ 24.449.710.294,38 en el

ejercicio 2023. Los saldos contenían $ 330.126.977,96 de fondos de libre disponibilidad, $

.172.981,94 con afectación de origen municipal, $ 656.346.726,85 con afectación de origen

4

provincial, $ 19.582.763,19 con afectación de origen nacional, $ 45.768.719,28 de cuentas

de terceros.

VII.- Que los gastos fueron fijados en $ 28.775.568.568,49 a través de

un presupuesto original de $ 19.947.604.481,43 y crédito suplementario de $

8.827.964.087,06.

VIII.- Que la Municipalidad gastó $ 23.829.715.172,71 con imputación al

presupuesto. Este total se compone de pagos con estas fuentes de financiamiento: de libre

disponibilidad $ 19.722.457.424,53, con afectación de origen municipal $ 1.383.473.553,65,

con afectación de origen provincial $ 654.243.170,24, con afectación de origen nacional $

350.271.737,69 y deudas por $ 1.719.269.286,60. Fuera de Presupuesto realizó pagos con

cargo a cuentas de terceros por la suma de $ 1.121.696.402,14 y con cargo a otros ajustes

por la suma de $ 240.502,50. Total de gastos $ 24.951.652.077,35.

IX.- Que durante el ejercicio practicaron transferencias de fondos por la

suma de $ 2.107.980.739,70.

2

 

Corresponde Expediente N° 4-110.0-2023

Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos -Ejercicio 2023

X.- Que el movimiento de fondos cerró con saldo de $ 1.217.327.503,63

al finalizar el ejercicio, así conformado: $ 393.806.172,19 de libre disponibilidad, $

24.615.538,56 con afectación de origen municipal, $ 719.100.702,08 con afectación de

origen provincial, $ 3.893.710,68 con afectación de origen nacional, y $ 75.911.380,12 en

cuentas de terceros. La Municipalidad demostró la real existencia de los mismos en caja y

cuentas bancarias.

XI.- Que la Deuda Consolidada al cierre del ejercicio era de $

31.469.284,41 y la Deuda Flotante ascendió a $ 1.752.104.642,15 ($ 1.543.674.734,35 de

libre disponibilidad y $ 208.429.907,80 con afectación).

XII.- Que la Cuenta de Ahorro, Inversión y Financiamiento refleja un

Ahorro Corriente de $ 6.674.233.737,96 y un Resultado Financiero de $ (-) 480.256.782,75

(artículo 43 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales en

el marco del Decreto 2980/2000). Que las Fuentes Financieras ascendieron a $

1.999.269.286,60 y las Aplicaciones Financieras a $ 1.519.012.503,85. Que el Resultado

Ejecutado (artículo 44 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y

Reales en el marco del Decreto 2980/2000) al cierre del ejercicio ascendió a $ (-)

577.612.660,59. El Resultado determinado conforme al artículo 26 de las Disposiciones de

Administración de los Recursos Financieros y Reales en el marco del Decreto 2980/2000

fue de $ (-) 1.358.298.469,96.

XIII.- Que la situación patrimonial de la Comuna al cierre del ejercicio se

reflejaba en las siguientes cifras de su Balance General: Activo Corriente $

11.032.894.199,65, Activo No Corriente $ 15.528.113.928,08, Pasivo Corriente $

1.828.016.022,27 y Pasivo No Corriente $ 31.469.284,41. Saldos: Patrimonio $

24.701.522.821,05. (Capital Fiscal $ 6.608.861.545,96, Resultado de Ejercicios Anteriores $

18.575.914.212,88, Resultado del Ejercicio $ 10.591.525.374,50 y Resultado afectado a

construcción de bienes de dominio público $ (-) 11.074.778.312,29).

3

 

XIV.- Que el H. Concejo Deliberante en sesión celebrada el 9 de mayo

de 2024 y mediante Decreto 15/H/2024 aprobó la rendición de cuentas correspondiente

al ejercicio 2023.

XV.- Que el Estudio de la Cuenta fue realizado teniendo en cuenta la

normativa indicada en el Resultando III, y aplicando técnicas de auditoría propias de una

Auditoría de Cumplimiento asociada a una Auditoría Financiera, comprendiendo la

planificación de la misma, y el relevamiento del sistema de control interno, las cuales

incluyen la revisión selectiva del universo auditado, con evidencias que se indican y

sustentan la opinión del informe.-

XVI.- Que la Auditora Cra. Alejandra Isabel TRIMMELITI de la

Delegación Zárate Zona XVII produjo Dictamen Final a fs. 8/49 e Informe Complementario a

fs. 51/51 vta. (Ley 10869 y sus modificatorias, artículo 24 inciso 2°).

XVII.- Que la Relatora Cra. Patricia Beatriz BRUZZONI estudió la

presente rendición de cuentas y produjo informe a fs. 53/93 vta,, el que incluye

1

.)- Incumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias (punto

.- del informe previsto por el artículo 26 de la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de

Cuentas).

1

2

.)- Prueba del Saldo (punto 2.- del informe previsto por el artículo 26 de

la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas).

3

.)- Contabilidad (punto 3.- del informe previsto por el artículo 26 de la

Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas).

4.)- Desequilibrio Financiero (punto 4.- del informe previsto por el

artículo 26 de la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas).

5

.)- Excesos (punto 5.- del informe previsto por el artículo 26 de la Ley

Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas).

6.)- Egresos de fondos (punto 6.- del informe previsto por el artículo 26

de la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas).

4

 

Corresponde Expediente N° 4-110.0-2023

Municipalidad de San Nicolás de los Arroyos -Ejercicio 2023

7

.)- Reservas (punto 7.- del informe previsto por el artículo 26 de la Ley

Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas).

8.)- Recomendaciones (punto III.- del informe previsto por el artículo 26

de la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas).

XVIII.- Que a los efectos de los artículos 12, 27, 28 y 29 de la Ley

0869 y sus modificatorias se corrieron traslados a los funcionarios que a continuación se

1

enumeran, según notificaciones electrónicas efectuadas a través del Domicilio Electrónico

Bidireccional, obrantes en el Sistema SIGMA de este Honorable Tribunal de Cuentas, en la

carpeta 54 – Notificaciones –, quienes resultan responsables en virtud de las disposiciones

que en cada caso se citan: Intendente Municipal: Sr. Manuel PASSAGLIA (artículos 1,

1

07. 108 y 178 inciso 1) de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de

Buenos Aires, artículo 1 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración

para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y artículos 1, 12 y 45 de las

Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios

aprobadas por el artículo 3 del Decreto 2980/2000); Intendente Municipal Sr. Ismael

Santiago PASSAGLIA (artículos 1, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de

la Provincia de Buenos Aires, artículo 1 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de

Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y artículos 1, 12 y

4

5 de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los

Municipios aprobadas por el artículo 3 del Decreto 2980/2000); Contador Municipal y

Secretario Producción y Empleo: Sr. Jorge Luis Jesús VERA (artículos 178 inciso 1),

1

86 y 187 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,

artículos 8 y 9 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las

Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, artículos 12, 30, 32, 38, 39, 45 y 157 de

las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los

Municipios aprobadas por el artículo 3 del Decreto 2980/2000 y artículo 38 de la Ordenanza

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