sábado 27 de julio de 2024 - Edición Nº2061

Política | 19 feb 2024

Salud y Derechos básicos

HCD de San Nicolas. Proyecto recorrido sanitario. Corredor de salud para usuarios de colectivo en San Nicolás

Acá dejamos para consideración de nuestros lectores el proyecto completo que se presentó en el HCD de San Nicolas por el bloque de Unión por la Patria, en San Nicolás. Que que determina refuerzos en los recorridos de líneas concesionadas sobre el corredor de salud. Esto es para que las personas que viajen por temas de salud sean cubiertos por el municipio, ida y vuelta a los centros de salud de la ciudad.


Al Presidente del HCD

Sr. Daniel Luchelli

S                     /             D

 

 

  1. VISTO

 

El Art. N°. 24°, 25° y 77° del Dec. N°. 6769/58, Ley Orgánica de Municipalidades, y el art 59° y 65° del reglamento de funcionamiento interno del HCD en los cuales se establece los mecanismos para la presentación de proyectos de ordenanza.

La ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 que aprueba y permite a los municipios darse su Sistema de Transporte Público de Pasajeros tal como lo ha realizado el partido de San Nicolás a través de la Ordenanza 7980/11 modificada por 8754/14 y 9017/15 sobre Pliego de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación con el objeto de contratar la prestación del Servicio de Transporte Público de Pasajeros;

La Ordenanza 9364 /17 que determina   refuerzos en los recorridos de líneas concesionadas sobre el corredor de salud.

 

  1. CONSIDERANDO

Que es un problema grave que está atravesando la ciudad por el constante cierre de dispensarios, que va a contramano de lo estipulado por la O.M.S. que implica que los estados deben propender a acercar a las personas a los servicios de salud, tanto para control sano como para atención en caso de patologías, eso implica en pocas palabras que sea el estado quien debe buscar la demanda.

Que el estado de vulnerabilidad económica en que se encuentra nuestro país actualmente, siendo las personas más vulnerables las que acceden al sistema de salud publico municipal y provincial se torna imperativo en nuestro municipio resuelva al respecto a fin de que su población siga realizando los controles periódicos sano y enfermo.

Que los beneficios o subsidios otorgados a los ciudadanos para el uso del transporte público, en realidad, cumplen el papel de incentivos que apuntan a un cambio en la cultura de la movilidad de las y los nicoleños, con el objetivo de aumentar el uso de medios más sustentables como lo es el transporte público. Al lograr disminuir el uso de vehículos particulares, se alcanzaría un resultado final beneficioso para los ciudadanos: un mayor ordenamiento del tránsito y disminución de contaminación ambiental y evitar accidentes.

Que el presupuesto municipal de la Secretaria de Salud y Familia para el año 2024 asciende a $3.349 millones de pesos y el de la Secretaria de Servicios y Ciudad Inteligente $ 12.920 millones, de los cuales $ 3.538 millones corresponden específicamente al área de DIRECCIOIN DE URBANIDAD E HIGIENE PUBLICA, dirección que contemplan los fondos suficientes para la aprobación de este programa.

Que en el partido de San Nicolás se viene implementado un sistema de salud pública municipal basado en la construcción y explotación de tres centros asistenciales que conforman la nomenclatura de hospitales públicos municipales, y que centraliza la atención. Que actualmente se encuentran funcionando el centro de zona Oeste y Norte junto con el CEMPRE (Asistencia Publica), y pronto a culminarse el de zona sur, que los edificios donde se prestan dichos servicios se encuentras en cuatro puntos de la ciudad equidistantes (Norte, Oeste y Centro). Que en un futuro pueden crearse otros centros de iguales características que centralicen aún más ciertos servicios de salud.

Que la municipalidad de San Nicolás un municipio digitalizado en el que se puede obtener un turno online para el acceso a la salud municipal y que puede, prever en el mismo sistema una modalidad que incluya solicitar el transporte hacia el centro de salud seleccionado y el retorno al domicilio.

Que es potestad de los municipios determinar los recorridos, a demanda y los refuerzos que abarquen en su recorrido una gran mayoría de barrios y establecimientos diversos que conforman el entramado de la ciudad. Que, de la determinación antedicha, el desarrollo del presente programa permite el acceso a todos los centros de salud de la ciudad, como así también, a la Municipalidad para la realización de trámites.

Que, en la concesión del transporte público de pasajeros en San Nicolás, se contemplar un servicio de recorridos que pueda atender eficazmente la demanda para la que se eleva este proyecto.

Que observando el conflicto permanente que todas las ciudades tienen con sus concesionarias de transporte público, ya que es un servicio que mundialmente debe ser subsidiado, se torna imprescindible generar mecanismos que brinden autonomía al municipio para la concreta protección de otros derechos por los que se accede con el uso del transporte público como es la Salud Publica.

Que, si bien este proyecto sería más económico si se pensara una gestión municipalizado, que permita un servicio con menores recursos ya que no deben contemplarse costos impositivos ni rentabilidades privadas, el sistema actual en la ciudad se presta bajo concesión por licitación pública, pero esta situación no impide que la municipalidad sea solidariamente responsable, en tanto cumpla sus roles de contralor, junto con la concesionaria para asegurar la prestación del servicio. Tal como lo dicta la misma ordenanza de licitación.

Que se prevé que el servicio estipulado en este programa sea gratuito para aquellos ciudadanos que habiendo solicitado un turno para su atención también requieran el servicio de transporte, entendiendo que el acceso a la salud implica que sea el centro de atención de salud el que llegue al usuario y no al revés, por lo que se deberá es el municipio quien debe cubrir el costo del mismo para con la concesión, en tanto no lo preste municipalizadamente.

Que se torna un deber del poder político municipal generar escenarios de solución de los conflictos que existen, habida cuenta la crisis en que está inmerso el sistema público de transporte nacional, brindar a sus ciudadanas un mecanismo de acceso a la salud, y mantener la fuente de trabajo existente en la actualidad en la ciudad y ordenar el transito evitando accidentes.

Que, desde nuestra experiencia, consideramos indispensable la mejora continua en cada uno de los procesos que se desarrollan en las áreas del Municipio, que creemos en la eficiencia de lo público, y que el municipio debe acercar la salud al vecino, por lo que llevar adelante el presente Servicio de Corredor Sanitario repara el daño por el cierre de dispensarios.

 

Por lo expuesto el Bloque Unión por la Patria solicita se sancione el siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA

Artículo 1: Crease en el Partido de San Nicolás de los Arroyos el programa de Acceso al servicio sanitario municipal que estará integrado al transporte público de pasajeros, y se llamara Programa CORREDOR SANITARIO.

Del objeto

Artículo 2: El presente programa tiene como objeto asegurar el traslado gratuito de los vecinos y vecinas de la ciudad, usuarios del sistema público de salud municipal dentro del partido de San Nicolás, que hayan solicitado turno por los sistemas habilitados, los que también permitirán solicitar el transporte gratuito para el trayecto de ida y vuelta.

Del funcionamiento

Artículo 3: El sistema de turnos online de salud municipal, proveerá, a solicitud del interesado, un código o constancia para acceder al trasporte público gratuito. Se contempla que se genere un pase para la ida y otro para el regreso, a utilizar en el trascurso de la jornada en que se solicitó el turno y dentro del rango de 5 horas previas y posteriores.

De las líneas de transporte habilitadas

Artículo 4: Los horarios y líneas de recorridos en los que podrá trasladarse el beneficiario del presente programa serán todos los establecidos por la Ordenanza 7980/11 y sus modificatorias y los que se creen con posterioridad concesionados o municipalizados.

De las Sanciones

Artículo 5: Control de correcto uso del servicio. A fin de evitar fraudes y mal uso del servicio, crease un sistema que permita conocer si el ciudadano/a fue atendido efectivamente en el centro de salud.  Los datos de los usuarios que soliciten un turno médico y accedan al servicio sin costo del CORREDOR SANITARIO, y luego no conste en el sistema que fueron atendidos en los centros de salud, generara una “alerta” que el ciudadano podrá salvar por única vez indicando los motivos por el cual no fue atendido. De constatarse esta irregularidad por 2 veces consecutivas o 3 alternadas el DNI del ciudadano quedara inhabilitado por 6 meses para solicitar el traslado al centro de salud sin costo.

Del financiamiento

Artículo 6: Asígnese una partida anual para el financiamiento del presente programa “recorrido sanitario” el que dependerá de las Dirección de Urbanidad e Higiene Publica.  Se prevé un presupuesto estimado limite que consta agregado en ANEXO I de $ 190 millones anuales. Dicho Valor se recalculará anualmente multiplicando la cantidad de turnos previstos en el Presupuestos de Recursos y Gastos en el área Salud por el valor de la tarifa plana vigente contemplando un viaje de ida y otro de vuelta.

Del concesionario

Artículo 7: Deberán aceptar el presente mecanismo de pago la o las empresas concesionarias en virtud de la Ordenanza 7980/11 y en función de la cantidad de PASE LIBRE otorgados mensualmente al costo de la tarifa plana del boleto vigente, que abonara mensualmente la municipalidad según la demanda.

ANÁLISIS DE PRESUPUESTO INICIAL ESTIMADO DEL PROGRAMA

Cantidad de Usuarios estimados exclusivos del corredor:

Para analizar este punto, se realiza lectura del Presupuesto para el año 2024, aprobado por el HCD, en página 122 donde se proyecta un total de 446.200 citas o servicios dentro del sistema municipal de salud anuales

 Control de “No Saturación” del sistema actual

A partir del total anual de citas proyectadas, se puede estipular una atención aproximada de 1487 turno diarios de lunes a viernes. Contemplando el viaje de ida y vuelta ascenderían a 2974 viajes. La cantidad de usuarios que utilizan el transporte público para la comparativa de no saturación del sistema según último informe anual presentado por la empresa y cotejado en el sistema SUBE asciende a 7.200.000 viajes. Este programa representa el 12% de usuarios totales. Lo que no configurará saturación posible.

Cantidad de usuarios con PASE LIBRE diarios 2974, calculados a razón de 20 días al mes asciende a 59480 pases libres al mes

Valor al 08/02/2024 del boleto de trasporte $ 266

Total presupuesto mensual $ 15.821.680

Presupuesto Histórico anual para el 2024: $189.860.160,- A la fecha representa el 0.3 % del presupuesto para el 2024.

Presupuesto Constante anual 2024 Actualizado a razón del 1.2 acumulativo mensual estimado: $626.230.000

 

 

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