domingo 28 de mayo de 2023 - Edición Nº1635

Política | 30 nov 2020

Apropiación

Atención. El intendente pretende expropiar lotes improductivos o urbanos, algunos en desuso para uso privado

Contrario a la ley de Acceso justo al Habitat, el municipio de San Nicolás no sólo avanza contra terrenos con dueños legales, sino que ahora va por bienes muebles para otra gran explotación privada


Intervención municipal en el desarrollo urbano de la ciudad, que contó con el apoyoo del Concejo Deliberante en octubre pasado y que no se hizo público, por obvias razones

La  ley de Acceso justo al Habitat es para construcción de viviendas o mejoras; en éste caso se trata de inmuebles improductivos que desconocemos los posibles usos y destinos que el intendente quiere darles.

La idea de realizar un emprendimiento privado en inmuebles que el municipio considera apto para una acción de expropiación-apropiación, casi configuraría un delito además de un disparate si avanza en éste sentido para darle un uso de explotación privada y que pase inadvertido para los vecinos.

Aquí algunos de los inmuebles a expropiar

También intenta apropiarse de:

Teniendo en cuenta que, según el último censo, la población creció en dos millones entre 2001 y 2010, “hace falta tierra para construir nuevas viviendas y el Estado avanza en éste caso, pero no es el caso de la municipalidad de San Nicolas, porque no se trata de una oferta de suelo para urbanizar viviendas y tampoco para mejorar viviendas existentes.

En este sentido, el proyecto de ley presentado tiene como objetivo regularizar los barrios informales, dar respuesta a la demanda urbano habitacional y reducir la especulación que existe en el valor del suelo. Y los principales instrumentos legales y fiscales que crea son:

Creación de un Programa de Lotes con Servicios.

Programa de Microcrédito para reforma, ampliación y mejora de viviendas.

Creación de la figura del Consorcio Urbanístico para producir loteos en conjunto con privados (hoy el Estado tiene prohibido invertir en terrenos privados).

La ley también contempla la cesión del 10% en urbanizaciones cerradas y grandes superficies comerciales. Se trata de barrios cerrados, countries, hipermercados, clubes de campo, shoppings y cementerios privados, “siempre que ocupen predios de más de 5 mil metros cuadrados”, aclara el texto.

Esta herramienta incluye instrumentos de cesión de uso especial para fines de vivienda.

El proyecto también permite que los municipios declaren obligatorio el loteo o la edificación de terrenos baldíos y construcciones derruidas o paralizadas. Pero, y acá está el fondo que no se cumple del tema es que, primero debe darse u plaz de 5 años y si esto no se cumple, el propietario deberá pagar un adicional del 50% sobre el impuesto inmobiliario total durante el siguiente lustro.

Primero se deben otorgar beneficios para ampliar o refaccionar y luego expropiar, en el mejor de los casos;  algo que no ocurre en la ciudad, pero que ya se aprobó en el Concejo Deliberante con el voto oficialista y del FR.

Los fondos recaudados por este impuesto progresivo serán destinados a un Fondo Fiduciario que, a través de los municipios, ONG u organizaciones sociales, servirá para otorgar préstamos destinados a familias que necesiten ampliar o refaccionar su vivienda. Al cabo de este segundo periodo de 5 años, si el propietario no vendió, alquiló o realizó mejoras en su lote el municipio recién allí estará autorizado para enviar una ley de expropiación a la Legislatura que deberá ser ratificada con mayorías especiales.

Por último, el artículo 50 del proyecto plantea: “Los municipios deberán establecer por una ordenanza de carácter general una contribución obligatoria no inferior al 10% de la valorización inmobiliaria generada”. Es decir que los grandes emprendimientos deberán pagar este porcentaje como compensación a las obras de infraestructura pública que revaloricen las tierras.

La Cámara de Diputados bonaerense aprobó el proyecto del oficialismo en octubre y obtuvo el apoyo de la Coalición Cívica, la UCR, el FAP, el PRO y Nuevo Encuentro.

La utilización justa y razonable de la facultad regulatoria por parte del Estado, a nivel provincial y municipal, en los procesos de planificación y ordenamiento urbano, tiene como objeto evitar producir desigualdades que fomenten la concentración del suelo. ( o la concentración de más negocios privados y no municipales o para construir viviendas, como se sospecha)

Finalmente el intendente avanza sobre la propiedad privada, terrenos y viviendas en desuso, casualmente grandes bienes, pero sin la creación de un Consorcio urbanístico para devolverlo a la ciudad creando valor, algo que sólo entiende el intendente para realizar grandes obras privadas como es el caso del Batallón, un escándalo urbano donde grandes torres harán de ese espacio un espacio con vista al río, pero no para la comunidad y es sólo a los fines de generar rentas para privados, sostienen fuentes consultadas que prefieren mantenerse en el anonimato

 

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