miércoles 03 de julio de 2024 - Edición Nº2037

Política | 27 dic 2021

Trabajo

El Gobierno terminó con la prohibición de despidos

Fue a través del DNU 886/2021 para extender la emergencia sanitaria hasta junio del 2022, donde se eliminó la prohibición de despidos y se estableció un esquema gradual para terminar con las dobles indemnizaciones.


El gobierno de Alberto Fernández decidió, a través del DNU 886/20221, eliminar las prohibiciones de despidos y establecer un esquema gradual que vaya eliminando las dobles indemnizaciones en los casos de censatías sin causas.

El decreto, que se enmarca en la extensión de la emergencia sanitaria hasta junio del 2022, establece en su segundo artículo que en el caso de despido sin causa, los trabajadores deberán cobrar, además de la indemnización correspondiente de conformidad, un incremento equivalente al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) del monto de la misma, desde el 1o de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del CINCUENTA POR CIENTO (50 %) a partir del 1o de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 y del VEINTICINCO POR CIENTO (25 %) desde el 1ro de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.

La eliminación de los despidos ya se venía hablando con distintos sectores del empresariado argentino, y fue el mismo ministro de Trabajo, Claudio Moroni, en un acto público hace un mes, que deslizó esta idea. “Fueron dos medidas extraordinarias para una situación extraordinaria. Y, como se está normalizando la situación porque la Argentina está creciendo al 9%, es probable que esas medidas terminen a fin de año y no sean prorrogadas” sostuvo el ministro de Trabajo.

El decreto además sostiene, en uno de sus apartados, que el número de trabajadoras y trabajadores con empleo registrado en el conjunto de las empresas privadas se encuentra en un cinco por ciento (5 %) por debajo del nivel observado en diciembre del año 2015, de acuerdo a datos del SIPA.

En ese sentido argumentan que de este modo, “se acompaña la salida de la emergencia pública ocupacional con un criterio de equidad y se permite avanzar en procesos de diálogo social en un marco de una protección más intensa que la que garantiza el ordenamiento vigente en los supuestos indicados”.

Vale aclarar que el pago extra no aplica a las contrataciones de trabajadores celebradas después del 13 de diciembre de 2019, cuando se publicó el DNU 34/2019, ni al Sector Público con independencia del régimen jurídico al que se encuentre sujeto el personal de los organismos, ni a sociedades, empresas o entidades que lo integran.

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:

Te invitamos a compartir tus comentarios.

Valoramos mucho la opinión de nuestra comunidad de lectores y siempre estamos a favor del debate plural y del intercambio de datos e ideas. En esta línea, es importante para nosotros generar un espacio de respeto y cuidado, por lo que por favor tené en cuenta que no publicaremos comentarios con:

- insultos, agresiones o mensajes de odio,
- desinformaciones que pudieran resultar peligrosas para otros,
- información personal

Diario la verdad no se hace responsable de los comentarios realizados por terceros ajenos a la redacción de nuestro medio.

Más Noticias