jueves 10 de julio de 2025 - Edición Nº2409

Generales | 6 mar 2021

Prohibición de cortes

Prorrogan la prohibición del corte del servicio eléctrico por falta de pago

Así lo dispuso el ENRE a través de la Resolución 58/2021. Piden que emitan únicamente los importes correspondientes a los consumos del período en las facturas.


El Ente Regulador de Electricidad (ENRE) prorrogó la prohibición del corte del servicio eléctrico a usuarios de las distribuidoras Edenor y Edesur, por deudas previas al 28 de febrero que se hayan originado o agravado durante la vigencia del aislamiento social o el distanciamiento social dispuestos por la pandemia de coronavirus.

La decisión se dio a conocer mediante la Resolución 58/2021, en la que se instruyó a Edenor y Edesur a que "se abstengan de suspender el suministro a aquellas personas usuarias" que tengan deuda originadas por las restricciones adoptadas desde marzo de 2020.

La Resolución establece también que las empresas deberán informar el monto que las personas usuarias mantienen como saldo adeudado, al 31 de diciembre del 2020, y las deudas que se originaron entre el 1 de enero y el 28 de febrero del 2021, para que dichos montos puedan ser percibidos conforme a las pautas que establezca, oportunamente, el Ente Regulador.

Asimismo, a fin de que las personas usuarias puedan abonar los consumos actuales evitando incurrir en nuevas deudas, se instruyó a las concesionarias a que, a partir de la publicación de la medida, emitan la liquidación de servicio público incluyendo únicamente los importes correspondientes a los consumos del período, la carga impositiva y, si corresponde, las cargas municipales.

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